domingo, 2 de febrero de 2014

Oposiciones y nepotismo

Si lo comparamos con los intentos de privatización de la Sanidad, la corrupción, la regresión en la legislación sobre el aborto, la educación, los servicios a las personas dependientes, etc, la forma en que esta regulado el sistema de acceso y promoción en la función pública puede parecer una cuestión menor, pero no lo es y se encuentra además en la base de alguno de aquellos problemas.
 


En los Cuerpos Superiores de la Administración generalmente se ingresa mediante la preparación de una oposición que consiste en el estudio de una buena cantidad de temas y en la comparecencia ante un Tribunal ante el que se extrae una bola que contiene el tema que se tiene que exponer (cantar) de forma oral ante ese Tribunal. Desde luego el sistema de insaculación dota al sistema de cierta objetividad puesto que la exposición es pública y resulta imposible que pase el examen alguien que no acredite unos mínimos conocimientos. Pero no nos engañemos, la interpretación de la exposición de los opositores deja un enorme margen de apreciación libre al Tribunal al que no tenemos necesariamente que suponerle imparcialidad por muy acreditados profesionales que sean, pues como estamos hartos de observar, una cosa es la capacidad profesional y otra muy distinta la conocida condición humana.
 


Si esto ocurre con este tipo de oposición que podemos decir del ascenso a Comisario en el Cuerpo Nacional de Policía. El sistema es de concurso oposición y si omitimos el bloque de concurso y el curso final, de mero trámite, nos encontramos con una oposición dividida en cuatro partes: una primera de test psicotécnicos objetivos, una segunda fase que en los dos últimos años se ha convertido en más subjetiva pues de 100 preguntas tipo test se ha pasado a la contestación de 5 preguntas de desarrollo y, finalmente, la resolución de un caso práctico, también absolutamente subjetivo. Entremedias, se inserta, después de los test, una entrevista personal. El examen no puede ser más diabólico. Una entrevista sin sometimiento a norma alguna en la que las preguntas pueden ser de lo más variopintas y de apreciación libre por parte del tribunal y unas preguntas de desarrollo y un caso práctico cuya contestación aprecia el tribunal con el mismo riesgo de subjetividad que en las oposiciones antes comentadas y además con una importante particularidad, el objeto de examen no se extrae por insaculación sino que las preguntas las establece el tribunal libremente. No es necesario decir las posibilidades de filtración que el sistema conlleva. Las quejas de los sindicatos en los exámenes a la escala ejecutiva han sido permanentes poniendo de manifiesto una más que sospechosa sobrerrepresentación entre los aprobados de hijos de comisarios del Cuerpo. El mismo Sindicato Profesional de Policía, de dulce trato, afirmaba en un reciente escrito que todo el mundo sabe lo que pasa en las oposiciones a Comisario.

Hoy mismo en una entrevista en El Mundo, el magistrado Elpidio José Silva, preguntado por la forma de acceso a la judicatura se inclinaba por establecer un sistema como el existente en los exámenes de los médicos al MIR, de tipo test que impera también en la prestigiosa Escuela Nacional de Administración francesa. No existe ni una sola razón para no establecer ese tipo de examen para todos los procesos de ingreso y promoción en el Cuerpo Nacional de Policía. Y no sólo eso, se puede afirmar que es el único sistema que garantiza, hasta donde ello es posible, la existencia de un Cuerpo de funcionarios íntegros y profesionales, expulsando del sistema un tipo de Administración cautiva que prime el amiguismo y la perpetuación de apellidos sospechosos de arbitrariedad que perjudica incluso a aquellos que no se han incorporado a la práctica cooptativa.
 


Resulta difícil pensar en alguna otra medida, de tan fácil implementación, cuya aplicación suponga una mayor explosión de limpieza, de aire puro, de renovación, de equidad y de confianza en las instituciones que el establecimiento de unos exámenes de esas características junto a un riguroso control de todo el procedimiento. Además, ¿alguien puede manifestarse en contra de una total objetividad y, en ese caso, con que finalidad?. Urge este tipo de reforma para recuperar la ilusión y la confianza en las instituciones. Aquellos que estén en disposición de llevarla a cabo y se opongan tendrán que responder con una importante pérdida de credibilidad. Aunque algunos no quieran darse cuenta, la realidad está cambiando con suma rapidez y el estallido involutivo de iniquidad, arrogancia y arbitrariedad que se vive en algunos colectivos no puede sino suponer el último y desesperado rugido del animal que ve la inexorable aproximación de su final.

martes, 17 de diciembre de 2013

Seguridad privada 1, seguridad pública 0


El proyecto de ley de seguridad privada sostiene en su preámbulo que se pretende pasar de poner el acento en el principio de subordinación a desarrollar eficazmente el principio de complementariedad, pero realmente lo que parece es que lo que se intenta desarrollar es el principio de sustitución. Algunas personas públicas sensatas han manifestado que las cosas no cambian sustancialmente porque los vigilantes de seguridad ya tenían la capacidad de detener como cualquier otro ciudadano. Sin embargo, analizar el cambio que supone la ley en esos términos parece demasiado simplista, de manera que vamos a ver qué cambios pretende  operar el todavía proyecto de ley.
El artículo 5.1.a de la vigente ley 23/1992 dice que las empresas de seguridad podrán prestar servicios de “vigilancia y protección de bienes, establecimientos, espectáculos, certámenes o convenciones”. El nuevo artículo 5.1.a dice que constituyen actividades de seguridad privada” la vigilancia y protección de bienes, establecimientos, lugares y eventos, tanto públicos como privados, así como de las personas que pudieran encontrarse en los mismos”. Como se puede observar, el cambio es absolutamente radical, se pasa de una concepción de la seguridad privada como una actividad de protección de bienes privados a una protección de carácter omnicomprensiva de bienes no solo privados sino también públicos así como de las personas que se encuentren en los mismos, es decir, la totalidad de la ciudadanía. Mientras en la anterior regulación el único caso de patrullaje que pudiéramos considerar público era el servicio en polígonos industriales y urbanizaciones aisladas, contemplado en el artículo 80 del Reglamento de Seguridad privada, configurado de forma muy restrictiva (autorización previa, separación de núcleos poblados, sin solución de continuidad entres sus distintas partes, sin usos públicos de sus calles o frecuente tráfico, no intervención municipal en la gestión común, administración global), en la nueva ley que se propone no existe límite alguno. No se amplía como se dice para la protección de las zonas comerciales, la vigilancia es posible en lugares “tanto públicos como privados”. Si con la regulación actual hubo algún ayuntamiento, hace ya más de diez años, que puso a patrullar a vigilantes de seguridad en algún importante parque público del municipio argumentando que se trataba de un espacio acotado, el proyecto de ley que se quiere aprobar permite cualquier clase de actuación para la prevención de la seguridad ciudadana por vigilantes de seguridad. Y si se analiza la ley globalmente, se llega a la conclusión de que su espíritu no es otro que el de involucrar a la seguridad privada en la protección pública. Los instrumentos de que se les dota para dicha función de protección de lugares públicos o privados aparecen en el artículo 32.1.a, donde se afirma que para ello podrán llevar a cabo “las comprobaciones, registros y prevenciones necesarias para el cumplimiento de su misión”. Sin ningún límite, como vemos, en el caso de los registros (que necesariamente deben referirse a los efectuados sobre las personas) que si afectan (los límites) a los que realizan las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Se utiliza además una terminología (prevenciones necesarias) absolutamente indeterminada que habilita para intervenir en personas y bienes sin más restricción que su propia conciencia. Mientras que el artículo 19 de la Ley de Seguridad Ciudadana limita la indagación policial sobre los efectos personales a un control superficial, el artículo 32.1.a no establece delimitación alguna.
 
 

En coherencia con esa capacidad de actuación de que se les dota más allá de la protección de bienes privados se amplía el estatuto que rodea la detención pues ahora el artículo 32.1.d no solo permite detener delincuentes sino también infractores y no solo en relación con el objeto de su protección como indica el actual artículo 11.1.d, sino también con el objeto de su actuación, facultándoles asimismo a hacer investigaciones en relación con la identidad personal del detenido. Se ha introducido con esta redacción un coctel potencialmente explosivo, puesto que la ley actual limita la detención a los delincuentes. ¿A que se está refiriendo cuando habla de “infractores”? puesto que la expresión se ha introducido de forma deliberada (ahora solo figura delincuentes), nadie puede detener por infracciones administrativas y por faltas solo pueden detener la autoridad y agentes y de forma muy restrictiva según dispone el artículo 495 de la ley de enjuiciamiento criminal.¿Pueden ser considerados como policía judicial y permitírsele, por tanto, la detención por faltas?. Otra expresión controvertida es “con el objeto de su actuación”, que solo caber pensar que se está refiriendo al mantenimiento de la seguridad ciudadana en general puesto que debemos pensar que la facultad está vinculada al ejercicio de sus funciones. Vemos pues, que solo se puede estar pensando en una actuación de prevención de la seguridad ciudadana y aunque se sostenga en el tenor del artículo que su actuación se limita a detener y poner a disposición de la policía, lo cierto es que finaliza el artículo con una atribución de funciones de investigación que podrá demorar la puesta a disposición de la policía del detenido, al facultarles para llevar a cabo averiguaciones tendentes al conocimiento de su identidad.

No supone una cortapisa a estas actuaciones de seguridad ciudadana lo que dispone el artículo 41.2 al establecer una serie de supuestos para prestar servicios en espacios o vías públicas, puesto que el mismo artículo en la letra e) se encarga de permitir “la vigilancia y protección en recintos y espacios abiertos que se encuentren o puedan ser delimitados de cualquier forma”. No cabe duda de que una delimitación de esa clase puede establecerse para incluir un parque, un barrio, una ciudad o un país en función de las necesidades del que hace la acotación. Pero si quedara alguna duda, la letra g) incluye “aquellos servicios de vigilancia y protección que lo requieran por su propia naturaleza y desarrollo”. Y para rematar la faena, el mismo artículo 41.3.d les permite participar, en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en la prestación de servicios encomendados a la seguridad pública, complementando la acción policial. Se me ocurre pensar que si no tenemos disponibles suficientes Unidades de Intervención para un determinado evento (deportivo, cultural, reivindicativo, etc), desplegamos una UIP de policías y dos o tres más de vigilantes de seguridad bajo el mando de aquella.
 
 

Desde luego se amplían también sus posibilidades de actuación en relación con los bienes privados, como por ejemplo en la respuesta a las alarmas. Si con la regulación actual, el artículo 49 del Reglamento, permitía a los vigilantes, sin armas, un servicio de custodia de llaves en respuesta a las alarmas para que la policía accediera al inmueble, porque la ley no permite la respuesta si ésta es competencia de la policía, el artículo 5.1.g en relación con el 47.2.b del proyecto señala como una actividad de seguridad privada la respuesta y verificación de las alarmas sin límite alguno,. Es más, estos servicios de respuesta a las alarmas deberán hacerlos los vigilantes obligatoriamente con armas, pues así lo declara el artículo 40.1.e de forma taxativa. Existirá, por tanto, una fuerza de vigilantes de seguridad armados, en las ciudades, dando respuesta a la activación de alarmas que no hayan podido ser verificadas electrónicamente. Recordemos que el periodo de formación de un vigilante de seguridad es de dos meses, en múltiples centros de formación dependientes de distintas empresas de seguridad, que puede ser vigilante cualquier ciudadano de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y, como novedad, de cualquier país del mundo bajo condición de reciprocidad, y que está obligado a hacer prácticas de tiro una vez cada seis meses (cada tres meses un policía).

No es este el único caso ampliado de prestación de servicio con armas. La posibilidad de uso de estas se amplia notablemente en todos los supuestos ya que si en la regulación actual solo existen dos casos en los que se pueden portar armas en el exterior, polígonos industriales y urbanizaciones aisladas y solo cuando lo dispone la Dirección General de la Policía y en los supuestos mencionados en el artículo 81.3.c del Reglamento, en el proyecto se permite su uso si se dispone reglamentariamente sin limitación de actividades valoradas una serie de circunstancias que pueden ser ampliadas con una cláusula analógica final. Pero no acaba aquí la extensión de esta ampliación, puesto que el artículo 40.3 después de señalar que solo se podrán portar armas estando de servicio, establece la posibilidad de incorporar excepciones por vía reglamentaria, excepciones que se extienden a la posibilidad de prestar su servicio sin uniforme y distintivo según dispone el artículo 39.2, sin olvidar que el artículo 31 les otorga la protección y el carácter de agentes de la autoridad.

Si todo ello fuera poco, el artículo 14.e dispone que “las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán facilitar al personal de seguridad privada, en el ejercicio de sus funciones, informaciones que faciliten su evaluación de riesgos y consiguiente implementación de medidas de protección. Si estas informaciones contuvieran datos de carácter personal sólo podrán facilitarse en caso de peligro real para la seguridad pública o para evitar la comisión de infracciones penales”. En definitiva, se abre la puerta para el trasvase legal de datos, incluidos los de carácter personal, de la policía a empresas privadas.
 
 

En definitiva, los vigilantes de seguridad, con la regulación expansiva que se intenta aprobar, podrán patrullar las calles en funciones de prevención y en algún caso de investigación, tendrán carácter de agente de la autoridad, podrán portar armas incluso sin vestir uniforme y portar distintivo y, desde luego, detener no solo delincuentes sino también infractores. ¿Existe alguna característica que los diferencia de un policía de seguridad ciudadana?. Dicen que los vigilantes solo podrán detener y entregar a los detenidos a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, pero esto también lo hace un policía puesto que comparece en una oficina de denuncias ante el instructor al que hace entrega del detenido junto a los correspondientes efectos. Y todo esto rindiendo cuentas a un empresario que tiene como fin primordial la obtención de beneficios. Sin entrar en otras cuestiones como el derecho de huelga o problemas de incumplimientos como los suscitados en los recientes juegos olímpicos de Londres que alargarían excesivamente estas reflexiones. ¿Quién da más?.

 

 

viernes, 6 de diciembre de 2013

Un modelo de conciliación

Esta mañana he desayunado con una noticia que me habría dejado perplejo si la realidad política cotidiana no estuviera plagada de ocurrencias que invitan a aplicar el aforismo latino de nihilo nihilum. La noticia en cuestión era la concesión a una militar del premio "soldado Idoia Rodríguez, mujer en las Fuerzas Armadas". Según parece recoger la orden ministerial, la soldado Bumedien , que así se llama, constituye un ejemplo de excelencia profesional y de conciliación de la vida profesional y familiar en las Fuerzas Armadas. Y todo ello, porque la soldado cuida de ocho hijos y de su madre enferma de Alzheimer. Se pone de manifiesto su especial dedicación, capacidad de trabajo, espíritu de sacrificio y compañerismo sobresaliente. Desde luego, huelga decir que el esfuerzo que la soldado tiene que hacer para cuidar de esa prole y de su madre enferma tiene que ser notable y por ello debe tener de la comunidad el reconocimiento que se merece cualquier persona de bien. Y dicho esto da la impresión de que la soldado ha sido un mero instrumento del que se han servido los promotores de la idea para introducir, como una especie de publicidad subliminal y tras una pátina igualitaria, un mensaje antiabortista.
 
 

El modelo de familia que representa es el que existía con frecuencia en los años sesenta del pasado siglo que he conocido bien, familias extensas a partir de cuatro hijos (tenía un amigo y vecino, los Periañez, que eran dieciséis hermanos, a los que Franco les regaló los pisos en los que vivían) que eran posibles porque era un tipo de sociedad muy distinta a la actual, con apoyos del resto de la familia, con los niños viviendo en la calle sin más necesidades, los padres con el único objetivo de sacarlos adelante y la madre siendo ama de casa.
Una familia tipo actual, con dos hijos, en la que ambos padres trabajan (parece que el marido de la soldado también es militar), saben muy bien los esfuerzos que tienen que hacer, las privaciones que supone, la dificultad de conciliar la crianza y la actividad laboral, que no depende de ellos sino de la empresa. Y no sólo de encontrar el equilibrio entre los horarios de los colegios y los trabajos sino de encontrar la solución cuando los niños se ponen enfermos o sin estarlo hay que llevarles al dentista y a las actividades extraescolares y llevarles de vacaciones porque ahora todo el mundo lo hace no como antes. En fin, supongo que esa humilde familia tipo de dos hijos, viendo los ejemplos que pretenden imponernos, con las angustias que pasa para llegar a fin de mes, las dificultades que tiene para estar al mismo tiempo en el colegio y en su trabajo, la imposibilidad de estar a media mañana en su oficina e ir a recoger a su hijo al colegio con fiebre o con una herida que se ha producido en el recreo, la tensión para salir pitando y llegar a recoger a sus hijos a la salida del cole, puesto que los horarios conciliativos llegan hasta las 17:00 y los colegios terminan a las 17:15, pagando comedor por supuesto, la tristeza de tenerle que llevar con fiebre al colegio porque no puedes faltar al trabajo y no tienes abuelos ni nanis o similares apoyos y es conveniente recordar que esa clase de faltas injustificadas detraen ingresos de la nómina, esa que en circunstancias normales no sirve para llegar a fin de mes, y así un largo etcétera ad infinitum, esos padres-tipo podrían estar pensando que si eso les pasa a ellos con dos y se encuentran al límite de sus fuerzas, si no habrá algún error en la ecuación que les proponen como ejemplo.
 
 

No cabe duda de que ese tipo de familia que se presenta como ejemplar sería posible en tiempos pasados donde los hijos se criaban en las calle sin grandes requerimientos educativos en los que a los 13 años ya se ponían a trabajar para ayudar en casa, con una familia extensa contribuyendo a la crianza, aunque no creo que nadie en su sano juicio piense que hacia ese modelo nos debemos dirigir. También es viable esa clase de familia cuando dispones de suficientes recursos para mantenerla, con una enorme y bonita casa donde te puedan cuidar a los hijos varias empleadas de hogar que además se pueden quedar con ellos cuando enferman. A muchos nos encantaría en esas circunstancias tener una gran cantidad de hijos a los que educar, dándoles aquella educación que se merecen, pero sólo aquellos que se encuentran en esa situación puede que no entiendan esas otras posiciones, que se eligen por responsabilidad.

El premio, por otra parte, se concede al parecer por su excelencia profesional, capacidad de trabajo, espíritu de sacrificio y compañerismo sobresaliente, características todas ellas que seguro que la soldado comparte con cientos y cientos de compañeros militares, incluido su marido, también militar.

lunes, 11 de noviembre de 2013

Qué es lo que reclamamos

Solamente serían necesarias media docena de ideas para ilusionar a la mayor social de esta país, entre la que creo estar incluido. Una sanidad pública y de calidad. Estas dos características no solo no son incompatibles sino que son inseparables. Donde hay negocio no hay sanidad hay un mal sucedáneo. Ya se ha dicho muchas veces, lo privado solo entra donde hay negocio, por tanto los enfermos de larga duración, las atenciones en partes del territorio poco accesibles no son presas apetecibles para la sanidad privada. Es verdad que hay que hacer algo con la sanidad pública. Gestionarla bien, pero este princìpio vale para toda la Administración y el directivo público que no se vea capaz de controlar a sus subordinados que no se comprometa. Una educación pública y de calidad. Creo que podemos estar de acuerdo en que los profesores públicos, que han ganado una oposición, son como poco tan competentes como los de la educación privada. No está aquí el problema. El recelo de muchos padres con los colegios públicos no esta en la calidad de sus profesionales, que será mejorable, pero es óptima. Si ganas una oposición es evidente que el esfuerzo formativo que has hecho es mayor que en el caso contrario. El problema se encuentra en la seguridad y en la socialización en los colegios. Creemos entornos seguros donde los niños aprendan a ser educados, a respetar a los demás y por esa vía indirecta mejorará la educación. Los niños estarán más centrados en el aprendizaje y rendirán más. Invirtamos más en ello y no en colegios privados o concertados y nos acercaremos a una enseñanza de calidad como la finlandesa y los padres tendrán a su disposición más recursos que podrán emplear en otras actividades que a buen seguro estimularán el empleo en otros sectores.
 
 La unidad territorial. Estoy convencido de que la inmensa mayoría de los españoles, del resto de los españoles, quiere a los catalanes, están orgullosos de sus aportaciones al conjunto del país y no entenderían una España sin ellos. Juntos, no segregados, somos más fuertes, contamos más en el concierto internacional y producimos una sinergia imposible de producir por separado. Estamos dejándonos manipular por determinados políticos que están persiguiendo unicamente sus objetivos particulares, defienden un espacio político cuyo unico propósito es su propia subsistencia, diferenciarse para sobrevivir. Están creando un conflicto inexistente con el único fin de beneficiarse de él. No podemos caer en esa trampa. A todos nos gusta reconocer nuestros propios hechos diferenciales y estas diferencias estimulan nuestro crecimiento. Pero juntos. La administración pública debe ser repensada. Aquí se necesitan unos nuevos pactos de la Moncloa de la Administración. No podemos tener 17 defensores del pueblo, 17 tribunales de cuentas,doscientas representaciones en el exterior además de nuestras propias embajadas como país y multitud de escalones administrativo-territoriales innecesarios. Creo que no existe un solo español que esté en desacuerdo con estas afirmaciones. Aquí no hay, por tanto, otra cosa que una lucha de poder y soterrados argumentos clientelistas. El partido que quiera gobernar tiene que hacer una profunda reforma en este ámbito. Consensuada pero sin miedo, con valentía, con la certeza de que dispone de un respaldo mayoritario de la ciudadanía. En el paquete se debe establecer una razonable igualdad entre los funcionarios que no promueva malestares innecesarios. Como todo el mundo sabe, cuando se crearon las administraciones autonómicas se promovió el trasvase de funcionarios desde la administración central mediante la creación de diversos estímulos económicos que 30 años después no encuentran justificación alguna. Si tienen que existir ese tipo de diferenciaciones que tengan un sustrato racional que no desmotive al resto de trabajadores públicos.
 
 La defensa de los más débiles. Aqui hay un frente amplio que puede incluir a los parados, los jubilados, las personas dependientes, en cuya defensa va nuestra propia dignidad como personas. Con las prioridades que se acuerden pero teniendo siempre como referente esa voluntad de ayuda. Y con un ánimo vigilante porque se hacen muchos negocios a costa de los más necesitados y a veces nos encontramos gente que se hace rica de la gestión de la pobreza y esto es intolerable. Y también es intolerable que quienes deben controlar esto luego digan que otros les han traicionado. El que no se sienta capaz de gestionar que no se presente voluntario. Me siento en la necesidad de incluir entre esta media docena de consensos la seguridad y la administración de justicia. Sin seguridad no hay libertad y sin una justicia independiente no hay democracia. Ambos están estrechamente unidos y trabajan de forma interdependiente. Soy firme defensor de la unificación del Cuerpo Nacional de Policía y de la Guardia Civil. No conozco una sola razón que justifique la existencia de ambos Cuerpos que no sean los intereses personales de algunos de sus componentes. Pasa como con los defensores del pueblo. Dos policías científicas, dos policías judiciales, batallas por la extranjería, batallas por la cooperación internacional, es decir conflictos e ineficiencias. Y esa pretendida pugna sana que estimula a ambos cuerpos no existe. Lo que existe es desprotección de parte del territorio y acumulación ineficiente de efectivos en otras partes. Y eso de darle investigaciones al cuerpo contrario por desconfianzas puntuales desaparece con la profesionalizacion efectiva. Se precisa valentía para acometer el cambio como con todo. El poder judicial es vital para la salud democrática del país. Por muchas críticas que se puedan hacer a las Alayas, a los Ruz, a los Castros, a sus pretendidos sesgos ideológicos, lo cierto es que detrás hay unos indicios racionales de criminalidad que sustentan las investigaciones y un complejo aparato judicial que controla las actuaciones. Lo que se necesita es más independencia, más medios y más respaldo a sus valientes actuaciones por parte de toda la sociedad. A todos, no solo a los que nos parecen ideologicamente afines. Vertebrando estos seis elementos hay que incluir la igualdad de oportunidades. Hay que promover a los mejores, provengan de donde provengan sean o no amiguetes, acabar con el enchufismo urge tanto como cualquiera de las prioridades anteriores, porque nos proporciona credibilidad en todas nuestras acciones, porque es la via, junto a la judicial, para acabar con la corrupción, porque fortalece la estructura de la administración, porque nos dota de indenpendencia, porque nos proporciona una dirección, un camino que seguir, algo por lo que luchar, porque nos llena de honestidad. No parece demasiado y a la vez es mucho. Ya no valen engaños. Los programas están para cumplirlos. No nos tragamos lo de las herencias. Si los datos no coinciden con lo esperado y no se puede cumplir el programa que respaldaron los ciudadanos con su voto, lo honesto es convocar elecciones y que la ciudadanía decida. Lo contrario es un fraude de ley independientemente de quien sea su autor. Queremos recobrar la confianza en la política. Todas las decisiones, hasta el precio de los tomates, dependen de la política. Convendría que la prestigiaramos para que los más capaces, como ocurrió en la transición, volvieran a sentir interés por ella. Esperemos que ellos, los políticos, nos ayuden en este esfuerzo.

viernes, 8 de noviembre de 2013

El Cristo de la Buena Muerte

Os dejo este video que aunque no guarda relación alguna con el blog, a mi que no soy religioso ni especialmente militarista me ha parecido emocionante.

viernes, 1 de noviembre de 2013