lunes, 18 de noviembre de 2013
lunes, 11 de noviembre de 2013
Qué es lo que reclamamos
Solamente serían necesarias media docena de ideas para ilusionar a la mayor social de esta país, entre la que creo estar incluido. Una sanidad pública y de calidad. Estas dos características no solo no son incompatibles sino que son inseparables. Donde hay negocio no hay sanidad hay un mal sucedáneo. Ya se ha dicho muchas veces, lo privado solo entra donde hay negocio, por tanto los enfermos de larga duración, las atenciones en partes del territorio poco accesibles no son presas apetecibles para la sanidad privada. Es verdad que hay que hacer algo con la sanidad pública. Gestionarla bien, pero este princìpio vale para toda la Administración y el directivo público que no se vea capaz de controlar a sus subordinados que no se comprometa. Una educación pública y de calidad. Creo que podemos estar de acuerdo en que los profesores públicos, que han ganado una oposición, son como poco tan competentes como los de la educación privada. No está aquí el problema. El recelo de muchos padres con los colegios públicos no esta en la calidad de sus profesionales, que será mejorable, pero es óptima. Si ganas una oposición es evidente que el esfuerzo formativo que has hecho es mayor que en el caso contrario. El problema se encuentra en la seguridad y en la socialización en los colegios. Creemos entornos seguros donde los niños aprendan a ser educados, a respetar a los demás y por esa vía indirecta mejorará la educación. Los niños estarán más centrados en el aprendizaje y rendirán más. Invirtamos más en ello y no en colegios privados o concertados y nos acercaremos a una enseñanza de calidad como la finlandesa y los padres tendrán a su disposición más recursos que podrán emplear en otras actividades que a buen seguro estimularán el empleo en otros sectores.
La unidad territorial. Estoy convencido de que la inmensa mayoría de los españoles, del resto de los españoles, quiere a los catalanes, están orgullosos de sus aportaciones al conjunto del país y no entenderían una España sin ellos. Juntos, no segregados, somos más fuertes, contamos más en el concierto internacional y producimos una sinergia imposible de producir por separado. Estamos dejándonos manipular por determinados políticos que están persiguiendo unicamente sus objetivos particulares, defienden un espacio político cuyo unico propósito es su propia subsistencia, diferenciarse para sobrevivir. Están creando un conflicto inexistente con el único fin de beneficiarse de él. No podemos caer en esa trampa. A todos nos gusta reconocer nuestros propios hechos diferenciales y estas diferencias estimulan nuestro crecimiento. Pero juntos. La administración pública debe ser repensada. Aquí se necesitan unos nuevos pactos de la Moncloa de la Administración. No podemos tener 17 defensores del pueblo, 17 tribunales de cuentas,doscientas representaciones en el exterior además de nuestras propias embajadas como país y multitud de escalones administrativo-territoriales innecesarios. Creo que no existe un solo español que esté en desacuerdo con estas afirmaciones. Aquí no hay, por tanto, otra cosa que una lucha de poder y soterrados argumentos clientelistas. El partido que quiera gobernar tiene que hacer una profunda reforma en este ámbito. Consensuada pero sin miedo, con valentía, con la certeza de que dispone de un respaldo mayoritario de la ciudadanía. En el paquete se debe establecer una razonable igualdad entre los funcionarios que no promueva malestares innecesarios. Como todo el mundo sabe, cuando se crearon las administraciones autonómicas se promovió el trasvase de funcionarios desde la administración central mediante la creación de diversos estímulos económicos que 30 años después no encuentran justificación alguna. Si tienen que existir ese tipo de diferenciaciones que tengan un sustrato racional que no desmotive al resto de trabajadores públicos.
La defensa de los más débiles. Aqui hay un frente amplio que puede incluir a los parados, los jubilados, las personas dependientes, en cuya defensa va nuestra propia dignidad como personas. Con las prioridades que se acuerden pero teniendo siempre como referente esa voluntad de ayuda. Y con un ánimo vigilante porque se hacen muchos negocios a costa de los más necesitados y a veces nos encontramos gente
que se hace rica de la gestión de la pobreza y esto es intolerable. Y también es intolerable que quienes deben controlar esto luego digan que otros les han traicionado. El que no se sienta capaz de gestionar que no se presente voluntario. Me siento en la necesidad de incluir entre esta media docena de consensos la seguridad y la administración de justicia. Sin seguridad no hay libertad y sin una justicia independiente no hay democracia. Ambos están estrechamente unidos y trabajan de forma interdependiente. Soy firme defensor de la unificación del Cuerpo Nacional de Policía y de la Guardia Civil. No conozco una sola razón que justifique la existencia de ambos Cuerpos que no sean los intereses personales de algunos de sus componentes. Pasa como con los defensores del pueblo. Dos policías científicas, dos policías judiciales, batallas por la extranjería, batallas por la cooperación internacional, es decir conflictos e ineficiencias. Y esa pretendida pugna sana que estimula a ambos cuerpos no existe. Lo que existe es desprotección de parte del territorio y acumulación ineficiente de efectivos en otras partes. Y eso de darle investigaciones al cuerpo contrario por desconfianzas puntuales desaparece con la profesionalizacion efectiva. Se precisa valentía para acometer el cambio como con todo. El poder judicial es vital para la salud democrática del país. Por muchas críticas que se puedan hacer a las Alayas, a los Ruz, a los Castros, a sus pretendidos sesgos ideológicos, lo cierto es que detrás hay unos indicios racionales de criminalidad que sustentan las investigaciones y un complejo aparato judicial que controla las actuaciones. Lo que se necesita es más independencia, más medios y más respaldo a sus valientes actuaciones por parte de toda la sociedad. A todos, no solo a los que nos parecen ideologicamente afines. Vertebrando estos seis elementos hay que incluir la igualdad de oportunidades. Hay que promover a los mejores, provengan de donde provengan sean o no amiguetes, acabar con el enchufismo urge tanto como cualquiera de las prioridades anteriores, porque nos proporciona credibilidad en todas nuestras acciones, porque es la via, junto a la judicial, para acabar con la corrupción, porque fortalece la estructura de la administración, porque nos dota de indenpendencia, porque nos proporciona una dirección, un camino que seguir, algo por lo que luchar, porque nos llena de honestidad. No parece demasiado y a la vez es mucho. Ya no valen engaños. Los programas están para cumplirlos. No nos tragamos lo de las herencias. Si los datos no coinciden con lo esperado y no se puede cumplir el programa que respaldaron los ciudadanos con su voto, lo honesto es convocar elecciones y que la ciudadanía decida. Lo contrario es un fraude de ley independientemente de quien sea su autor. Queremos recobrar la confianza en la política. Todas las decisiones, hasta el precio de los tomates, dependen de la política. Convendría que la prestigiaramos para que los más capaces, como ocurrió en la transición, volvieran a sentir interés por ella. Esperemos que ellos, los políticos, nos ayuden en este esfuerzo.
viernes, 8 de noviembre de 2013
El Cristo de la Buena Muerte
Os dejo este video que aunque no guarda relación alguna con el blog, a mi que no soy religioso ni especialmente militarista me ha parecido emocionante.
viernes, 1 de noviembre de 2013
El reto del futuro, la ciberseguridad
Interesante video de La 2 sobre la última joya de la policía, la ciberseguridad.
Crónicas - Policí@s y l@drones
viernes, 25 de octubre de 2013
La instrumentalización política de la justicia, Pedro J. Ramírez y los jueces del caso Faisán
La realidad se sucede con
rapidez y de la polémica causada con ocasión de la sentencia (y no por ella)
del caso Faisán hemos pasado, sin solución de continuidad, a la indignación por
la del TEDH que dinamita la aplicación de la doctrina Parot a los presos más
sanguinarios de la banda terrorista ETA y otros presos especialmente
peligrosos. Pero no es el Tribunal Europeo de Derechos Humanos el culpable de
esta situación sino nuestro complejo de déficit democrático que nos llevó a
seguir aplicando unas penas y unos beneficios penitenciarios, del Código Penal
de 1973, que no eran aptos para el tratamiento de determinados delitos
especialmente crueles. Por tanto, en este momento lo que debemos hacer es
arropar a las víctimas, ser comprensivos con sus protestas en una situación de
gran dolor para ellas y reconocer que el cumplimiento de la ley y de las
sentencias de los tribunales es el único camino que legitima al Estado.
Pero no era el comentario
de la sentencia sobre la aplicación de la doctrina Parot el objeto de estas
reflexiones sino el tratamiento que el diario El Mundo ha dado a la sentencia
del caso Faisán. En su “Carta del Director” del pasado domingo su director
Pedro J. Ramírez afirma que la Sala que se ha pronunciado sobre el caso Faisán
“ha perpetrado una sentencia en la que se dan cita la instrumentación política
de la Justicia ,
el atolondramiento intelectual y el desfondamiento ético”. La Sala en su sentencia ha
resuelto básicamente cuatro cuestiones. Si se produjo o no un aviso a la red de
extorsión de ETA para impedir la detención de uno de sus miembros y la
incautación de una supuesta cantidad de dinero que le iba a ser entregado; si
del chivatazo fueron autores los policías encausados, Pamies y Ballesteros; si
estos, como consecuencia de esta acción, son responsables de un delito de
revelación de secretos; y por último, si se les puede atribuir asimismo por
esos hechos un delito de colaboración con banda armada. Pues bien, la Sala ha resuelto
afirmativamente las tres primeras cuestiones, considerando que se había
producido el aviso a la red de extorsión de ETA, que el aviso fue dado por los
policías citados y que como consecuencia de ello son responsables como autores
de un delito de revelación de secretos. Y han considerado que al faltar el
indispensable elemento de la antijuridicidad no se les podía condenar por un
delito de colaboración con banda armada.
Como cualquier estudiante
de derecho sabe para poder imputarle a alguien un delito tiene que podérsele
atribuir una acción típica, antijurídica y culpable. Una acción es típica
cuando la conducta de la persona puede encuadrarse en el tipo descrito en el
código penal. El que matare a otro del artículo 138 por ejemplo. Pero no es
suficiente con que la conducta se ajuste a esa descripción sino que es preciso
que sea también una acción antijurídica tanto en sentido formal (que sea
contraria al ordenamiento jurídico en su conjunto), como en sentido material
(que lesione el bien jurídico que protege el tipo penal). Además, esa acción ha
de ser culpable, es decir, que ha de poder serle reprochada al que la ejecuta
porque éste podría haber actuado de otra manera y no lo hizo.
Desde una aproximación
meramente intuitiva nadie en su sano juicio podría pensar que la finalidad de
los policías cuando dieron el aviso fue la de colaborar con ETA. Con su
dedicación profesional durante años en unidades de información cualquier otra
explicación podría ser posible menos esa. En cuanto al delito mismo, hay que
empezar por decir que se trata de un delito de peligro abstracto en el que se
anticipa el reproche penal por razones de política criminal, por la gravedad
que los actos de terrorismo entrañan y que han sido cuestionados repetidamente
por la doctrina, siendo considerados dentro de lo que se conoce como “derecho
penal del enemigo”. Aún así, algunos admiten que no existiría vulneración del
principio de legalidad si se admitiese la prueba, en el caso concreto, de que
no se ha menoscabado el bien jurídico protegido. Así, afirma Zaffaroni que “en
cada situación concreta debe establecerse si hubo o no peligro para un bien
jurídico y en caso negativo no es admisible la tipicidad objetiva” y Blanca
Mendoza afirmaba que “el desvalor objetivo material de la acción peligrosa
constituye el elemento central de la constitución del tipo del injusto. En
consecuencia, sólo cabe adelantar la tutela penal de forma legítima al momento
en que pueda apreciarse que el comportamiento prohibido es objetivamente capaz
de afectar al bien jurídico; teniendo además en cuenta las exigencias propias
de la atribución de responsabilidad penal, ello no debe determinarse en
abstracto por la pertenencia a una clase de acciones, sino que exige que sea
evidente tal peligrosidad objetiva en el momento de realizar la conducta”. Es
por tanto, de suma importancia saber si pudo haber ataque al bien jurídico
protegido, en palabras de la
Audiencia la convivencia pacífica de los ciudadanos, la paz
social o la preservación del orden constitucional. ¿Realmente alguien puede
creer que los policías quisieron atacar esos bienes o que existió algún riesgo
de que fueran atacados?. Pero si nos acercamos a la interpretación que la Audiencia Nacional
y el Tribunal Supremo le han dado al tipo penal que nos ocupa, los casos que se
han sometido a su consideración se encuentran muy lejos de asemejarse al del
“chivatazo”, pero en ellos, en los que se pretendía discernir si se trataba de
verdaderos casos de colaboración con ETA, se hace hincapié en la finalidad
perseguida por los autores. Así, la
STS de 8 de marzo de 1995 afirma que este delito permite el
enjuiciamiento de cualquier acto de colaboración que favorezca a la banda, a sus miembros o a sus finalidades. Debe probarse la finalidad
perseguida (STS 10-06-1991, 20-05-1992 entre otras). Si no existe afán de favorecer la conducta será impune (SAN
25-04-1988). O la de AN 30/2000 “las conductas deben realizarse con el ánimo
específico de buscar la subversión del orden constitucional o la alteración de
la paz pública”. Que la finalidad del acto es determinante queda patente en la
STS 4781/2012 cuando afirma que “el ayudar económicamente a la esposa o a los
familiares de una persona que se halla presa por una condena por un delito de
terrorismo no es, obviamente, financiar el terrorismo. Y no ya solo porque no
consta que la persona presa esté integrada en una organización terrorista, tal
como se acaba de argumentar, sino porque, además, el ayudar a sus familiares
por razones humanitarias es claro que no es una conducta tipificada como ayuda
a la organización terrorista a la que pudiera pertenecer el preso. A este
respecto, conviene recordar que incluso las instituciones oficiales prestan
ayuda económica mediante subvenciones a los familiares de los presos de ETA que
se hallan internados en el País Vasco, sin que desde luego ello pueda
subsumirse en ninguna clase de colaboración por terrorismo”. Las SSTS 541/2011, 2 de junio y 503/2008, 17
de julio sostienen que el tipo objetivo del delito previsto en el art. 576 del
CP exige que el acto tenga un significado favorecedor de las actividades de la
organización como tal, y en el tipo subjetivo, que el sujeto conozca la
existencia de la banda armada, grupo u organización terrorista, y conozca
además que el acto que se ejecuta contribuye de alguna forma a sus actividades,
bien por la propia significación del mismo o bien porque sepa, al realizarlo,
que su ejecución se explica sólo por el favorecimiento de la banda.
La interpretación que hace
la jurisprudencia de la tipicidad es efectivamente muy amplia. Así la STS
2305/2012 se afirma que” no es preciso ningún elemento subjetivo del injusto
más allá de los propios de toda conducta dolosa: conocimiento y voluntad. No es
necesario, pues, que exista una coincidencia de fines”. Es posible defender esta
tesis, aunque no la comparta, con una dialéctica seria y respetuosa con las
posiciones contrarias o también, como hace Gimbernat en su artículo El
contradiós de la sentencia del Faisán, de forma ciertamente desabrida, pero lo
que resulta intolerable es que se haga de la forma en que lo ha hecho Ramírez
en el artículo comentado. En él se vierten afirmaciones que son simplemente
descalificaciones e insultos sin fundamento (instrumentación política de la
justicia, atolondramiento intelectual, desfondamiento ético, entreguismo,
estulticia, ligereza, bodrio, apariencia de sentencia), críticas al “pésimo
castellano” utilizado como si él estuviera en posesión de la plantilla de la
perfección académica del lenguaje jurídico e incluso una acusación que raya el
delito acusando a la Sala
de ser “los torpes amanuenses que han añadido sus propios borrones al
deleznable guión que mediante el código habitual-no hacen falta órdenes
explícitas-les ha dictado la superioridad política”. No se si existe una
acusación más grave a un juez. Por lo demás trata permanentemente de confundir
al lector dando a entender que la conducta de los policías ha quedado impune
cuando la realidad es que han sido condenados como responsables del delito que
de forma irrefutable ha sido probado en el juicio, revelación de secretos. La
conducta de los policías es, sin duda, reprobable pero la condena le parece
insuficiente al autor del artículo pues le guían otros designios que muestra
con claridad cuando afirma: “¿O es que Amedo habría hablado alguna vez si no le
hubieran condenado a 108 años de cárcel?”. Aquí está el verdadero motivo. Para
el autor del artículo los policías son meros instrumentos a través de los
cuales llegar al verdadero responsable del chivatazo. No importan las pruebas,
lo verdaderamente importante es la bomba mediática que supondría la implicación
de un responsable político del Ministerio del Interior en el chivatazo. Y junto
a ello la oportunidad de ajustar algunas cuentas del pasado. Lo dice con
claridad, conoce bien a Guevara y a Polanco. El primero fue quien “en 1985
ordenó mi ingreso en los calabozos de Plaza de Castilla…”. Decía Platón que
tenía por costumbre no dejarse persuadir por palabras sino por razones y en el
artículo del Sr. Ramírez razones ninguna, salvo las espurias.
sábado, 19 de octubre de 2013
Pregunta para el examen de ascenso a Comisario
Dado que el caso práctico de este año en la oposición de ascenso a Comisario giró en torno a un análisis situacional sobre El Sahel, intuyo que el del año próximo podría estar relacionado con un análisis situacional sobre el infierno. Yo ya me lo estoy preparando.
martes, 15 de octubre de 2013
A vueltas con el caso Faisán
Decía Marx parafraseando a Hegel que la historia se repite unas veces como tragedia y otras como farsa. No hay un acontecimiento reciente que evoqué con mayor precisión esta afirmación que los hechos juzgados estos días atrás en el llamado caso "Faisán". En el curso de una supuesta negociación con la banda terrorista ETA, unos policías irrumpen e interrumpen una investigación sobre la red de extorsión de ETA frustrándola, con la finalidad, al parecer, de favorecer o no obstaculizar esa negociación. Se repite la historia vivida a finales de los ochenta del pasado siglo en lo que se conoció como la guerra sucia contra ETA sintetizada en el célebre caso GAL. En ambos casos existe un Gobierno que busca acabar con el terrorismo, en ambos se articulan procedimientos contrarios al ordenamiento jurídico con esa finalidad y en ambos casos los encargados de ejecutar esos procedimientos son policías. Todo ello, claro, presuntamente puesto que el caso Faisán se encuentra aún sub iúdice. En el caso GAL, si bien fueron también condenados los Comisarios Francisco Álvarez y Miguel Planchuelo, fueron los policías Domínguez y sobre todo Amedo la encarnación de los chapuzas, del asesino sibilino tal y como fue caracterizado el "subcomisario" por Savater en un artículo de la época. En el caso Faisán está por ver si el Comisario Enrique Pamies y el Inspector Jefe Ballesteros tienen el triste honor de suceder a los anteriores en ese aliterado papel.
Existe una versión del caso Faisán muy atractiva por su simplicidad, a saber: La Audiencia Nacional ordena a la policía investigar al bar Faisán como epicentro de la red extorsión de ETA en febrero del año 2004. Dos años después las investigaciones coinciden con una tregua de ETA y el 4 de mayo de 2006 se convoca una reunión en Moncloa entre el Presidente del Gobierno Zapatero y el líder del PNV Josu Jon Imaz para apoyar la negociación. El día 3 se produce un encuentro entre Joseba Elosúa, dueño del bar Faisán y Gorka Aguirre, dirigente del PNV, ambos implicados en la red de extorsión, en el que Aguirre le entrega a Elosúa 54.000€ producto de los últimos actos de extorsión previos a la tregua. Carlos Germán, jefe del operativo policial, se lo comunica a Grande Marlaska, juez encargado del caso, que ordena la detención. Germán lo comunica al Comisario General de Información Telesforo Rubio y este al Director General de la Policía Victor García Hidalgo y al Secretario de Estado de Seguridad Antonio Camacho. García Hidalgo, una vez informado, llama al Jefe Superior de policía del País Vasco Enrique Pamies a las 22:14 de ese día 3( dice al juez que no recuerda el motivo). A su vez Pamies llama a Hidalgo 30 minutos después y de nuevo a las 23:30. Menos de una hora después, a las 00:06 horas del día 4 Pamies llama al Inspector José María Ballesteros( destinado en Alava) para que se dirija a la calle Gaztazua 16, domicilio de Elosúa.A las 09:00 dos policías de la brigada de información de San Sebastián que tenían la orden detener al correo de ETA si entraba en España reciben la orden de retirarse. A las 11:04 Ballesteros llama a Pamies para informarle de que Elosúa se ha ido al bar. A las 11:13 Ballesteros llama a Pamies para indicarle que está junto al bar Faisán. Este le indica que entre y le llame. A las 11:23 se produce un corte en la grabación de la cámara policial que graba la entrada principal del bar. Esta versión sostiene que Ballesteros entra en el bar, llama a Pamies y le pasa el teléfono a Elosúa que es avisado para que su contacto José Antonio Cau no cruce la frontera pues si lo hace puede ser detenido. Elosúa avisa a Cau y monta con su cuñado en su coche contándole el episodio del chivatazo que queda grabado en un micrófono instalado en el coche. El 19 de julio Pamies llama a Germán para saber si Elosúa ha reconocido en el juzgado al que le entregó el teléfono. El 5 de septiembre García Hidalgo, Pamies y Ballesteros activan móviles prepago para hablar entre ellos.
La versión alternativa, defendida por el SUP defensor de los dos policías acusados, coincide en líneas generales con la expuesta, aunque sosteniendo que los autores del chivatazo no fueron los policías encausados, apuntando más bien hacia la poca fiabilidad del investigador Carlos Germán. Es decir, reconoce que hubo chivatazo y que la orden para alertar a Elosúa provino de instancias políticas. Asimismo sostiene que no existe delito de colaboración con banda armada puesto que la causa del chivatazo nunca fue beneficiar a ETA sino combatirla. El caso es que de la tríada de elementos policiales con cierto protagonismo en el día de autos, salvo que queramos convertir el bar faisán en una suerte de camarote de los hermanos Marx que aún así ya lo parece, los encausados parecen ser el eslabón más débil de la cadena, puesto que Germán podría haber hecho desaparecer la grabación de los micrófonos del coche de Elosúa única prueba de que se produjo el chivatazo y el Comisario Manuel Risco tuvo la suerte de cumplir años aquel día.
Aquellos que creen que no existen pruebas en las actuaciones para condenar deberían tener en cuenta que no sólo se condena por prueba directa pues la prueba de indicios se encuentra firmemente consolidada en la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Convendría asimismo no olvidar algo básico y que se olvida con facilidad, esto es, que el respeto a la ley y al Derecho es un principio básico de la convivencia y, por tanto, de la Democracia. Sin ambages, sin pretextos, sin paliativos. Pero es que además por si alguien no tiene el pleno convencimiento de lo anterior, debería saber que aquellos acontecimientos que suceden con la participación de más de dos personas se terminan conociendo y que el tránsito por senderos de ilegalidad no sólo deslegitima a los que los toman sino que se han demostrado reiteradamente ineficaces. La lucha contra la delincuencia y el terrorismo debe hacerse por personas que disponen de los recursos técnicos y legales adecuados y sólo cuando se carece de ellos y se carece de la audacia legal necesaria se buscan atajos. El camino de la legalidad es irrenunciable y no podemos ponerlo en cuestión aduciendo conservación de fuentes y pérdidas de líneas de investigación. Es verdad que siempre tendremos a algún arribista dispuesto a todo para conseguir sus propósitos, los que se prestan a los juegos sucios de que hablamos nunca lo hacen de forma altruista aunque algunos se empeñen en convencernos de ello. En muchas ocasiones median retribuciones en forma de mejoras en la carrera profesional, por lo que cuanto más objetiva sea ésta y más diáfanos los criterios de promoción profesional menos posibilidades existirán de que los profesionales se presten a estos peligrosos juegos. Por último, seria interesante preguntarse en este caso aquello que contenía la sentencia del asesinato de los marqueses de Urquijo: sólo o en compañía de otros.
Existe una versión del caso Faisán muy atractiva por su simplicidad, a saber: La Audiencia Nacional ordena a la policía investigar al bar Faisán como epicentro de la red extorsión de ETA en febrero del año 2004. Dos años después las investigaciones coinciden con una tregua de ETA y el 4 de mayo de 2006 se convoca una reunión en Moncloa entre el Presidente del Gobierno Zapatero y el líder del PNV Josu Jon Imaz para apoyar la negociación. El día 3 se produce un encuentro entre Joseba Elosúa, dueño del bar Faisán y Gorka Aguirre, dirigente del PNV, ambos implicados en la red de extorsión, en el que Aguirre le entrega a Elosúa 54.000€ producto de los últimos actos de extorsión previos a la tregua. Carlos Germán, jefe del operativo policial, se lo comunica a Grande Marlaska, juez encargado del caso, que ordena la detención. Germán lo comunica al Comisario General de Información Telesforo Rubio y este al Director General de la Policía Victor García Hidalgo y al Secretario de Estado de Seguridad Antonio Camacho. García Hidalgo, una vez informado, llama al Jefe Superior de policía del País Vasco Enrique Pamies a las 22:14 de ese día 3( dice al juez que no recuerda el motivo). A su vez Pamies llama a Hidalgo 30 minutos después y de nuevo a las 23:30. Menos de una hora después, a las 00:06 horas del día 4 Pamies llama al Inspector José María Ballesteros( destinado en Alava) para que se dirija a la calle Gaztazua 16, domicilio de Elosúa.A las 09:00 dos policías de la brigada de información de San Sebastián que tenían la orden detener al correo de ETA si entraba en España reciben la orden de retirarse. A las 11:04 Ballesteros llama a Pamies para informarle de que Elosúa se ha ido al bar. A las 11:13 Ballesteros llama a Pamies para indicarle que está junto al bar Faisán. Este le indica que entre y le llame. A las 11:23 se produce un corte en la grabación de la cámara policial que graba la entrada principal del bar. Esta versión sostiene que Ballesteros entra en el bar, llama a Pamies y le pasa el teléfono a Elosúa que es avisado para que su contacto José Antonio Cau no cruce la frontera pues si lo hace puede ser detenido. Elosúa avisa a Cau y monta con su cuñado en su coche contándole el episodio del chivatazo que queda grabado en un micrófono instalado en el coche. El 19 de julio Pamies llama a Germán para saber si Elosúa ha reconocido en el juzgado al que le entregó el teléfono. El 5 de septiembre García Hidalgo, Pamies y Ballesteros activan móviles prepago para hablar entre ellos.
La versión alternativa, defendida por el SUP defensor de los dos policías acusados, coincide en líneas generales con la expuesta, aunque sosteniendo que los autores del chivatazo no fueron los policías encausados, apuntando más bien hacia la poca fiabilidad del investigador Carlos Germán. Es decir, reconoce que hubo chivatazo y que la orden para alertar a Elosúa provino de instancias políticas. Asimismo sostiene que no existe delito de colaboración con banda armada puesto que la causa del chivatazo nunca fue beneficiar a ETA sino combatirla. El caso es que de la tríada de elementos policiales con cierto protagonismo en el día de autos, salvo que queramos convertir el bar faisán en una suerte de camarote de los hermanos Marx que aún así ya lo parece, los encausados parecen ser el eslabón más débil de la cadena, puesto que Germán podría haber hecho desaparecer la grabación de los micrófonos del coche de Elosúa única prueba de que se produjo el chivatazo y el Comisario Manuel Risco tuvo la suerte de cumplir años aquel día.
Aquellos que creen que no existen pruebas en las actuaciones para condenar deberían tener en cuenta que no sólo se condena por prueba directa pues la prueba de indicios se encuentra firmemente consolidada en la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Convendría asimismo no olvidar algo básico y que se olvida con facilidad, esto es, que el respeto a la ley y al Derecho es un principio básico de la convivencia y, por tanto, de la Democracia. Sin ambages, sin pretextos, sin paliativos. Pero es que además por si alguien no tiene el pleno convencimiento de lo anterior, debería saber que aquellos acontecimientos que suceden con la participación de más de dos personas se terminan conociendo y que el tránsito por senderos de ilegalidad no sólo deslegitima a los que los toman sino que se han demostrado reiteradamente ineficaces. La lucha contra la delincuencia y el terrorismo debe hacerse por personas que disponen de los recursos técnicos y legales adecuados y sólo cuando se carece de ellos y se carece de la audacia legal necesaria se buscan atajos. El camino de la legalidad es irrenunciable y no podemos ponerlo en cuestión aduciendo conservación de fuentes y pérdidas de líneas de investigación. Es verdad que siempre tendremos a algún arribista dispuesto a todo para conseguir sus propósitos, los que se prestan a los juegos sucios de que hablamos nunca lo hacen de forma altruista aunque algunos se empeñen en convencernos de ello. En muchas ocasiones median retribuciones en forma de mejoras en la carrera profesional, por lo que cuanto más objetiva sea ésta y más diáfanos los criterios de promoción profesional menos posibilidades existirán de que los profesionales se presten a estos peligrosos juegos. Por último, seria interesante preguntarse en este caso aquello que contenía la sentencia del asesinato de los marqueses de Urquijo: sólo o en compañía de otros.
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